ELECCIONES DE NUEVA JUNTAS DIRECTIVAS RECOMENDACIONES
Las Comunidades Campesinas, por estos días están eligiendo sus Nuevas Juntas Directivas Comunales para el Periodo 2025 - 2026.
Significa que, elegido el Comité Electoral, como fecha última, el 15 de octubre (Art. 79 del Reglamento de la Ley 24656) Convoca a Elecciones de Nueva Junta Directiva 30 días antes del aviso publicado. A la fecha última legal es el 15 de diciembre (Art. 80 del Reglamento de la Ley 24656)
Hago saber que, pasado el 15 de diciembre, de no haber elegido sus Juntas Directivas, por lo general son observadas; salvo que, en la Constancia de Convocatoria y Quórum, sustenten el motivo del destiempo, bajo la responsabilidad del declarante (Numeral 5.10 de la Directiva Nº 10-2013-SUNARP/SN)
Una vez terminada el mandato de la Junta Directiva cesante, tiene 30 días para hacer la entrega de todo los documentos, bienes y enseres a la nueva Junta Directiva, bajo responsabilidad. (Art. 61 del Reglamento de la Ley 24656.)
Los miembros de la Directiva Comunal serán elegidos por un periodo de dos (2) años y puede ser reelegido por un periodo más; pero no tres consecutivas. (segundo párrafo del Art. 20 de la Ley 2456) Fenecido su periodo, y no haberse elegido la nueva Junta Directiva en su debida oportunidad, esta Junta Directiva que acaba de cesar su periodo, sólo, para efectos registrales, se encuentra legitimado únicamente para CONVOCAR a ASAMBLEAS GENERALES ELECCIONARIAS. Es decir, no está legitimado para convocar a Asambleas Generales para tratar otros asuntos, que no fuera, Elecciones Comunales (numeral 5.12 de la Directiva Nº 10-2013-SUNARP/SN, Directiva que regula la Inscripción de los Actos y Derechos de las Comunidades Campesinas)
Adiciono, además; por cuanto dicen las comunidades "no se han presentado listas de candidatos, solamente hay una lista"
Pues bien, les diré que, “No será materia de observación la elección de Directiva Comunal con participación de una sola lista” (Numeral 5.16.5 Directiva Nº 10-2013-SUNARP/SN). Pero, con la recomendación que, la lista única haya ganado a los de votos Blancos/viciados; y que, la asistencia a dicha elección deberá ser la mitad más uno de los comuneros hábiles inscritos en el Padrón Comunal Vigente. Esta última es la que tienen que tener cuidado.Otro caso también importante es, sobre las Constancias de Convocatoria y Quórum.En el numeral 5.9.4, de la Directiva Nº 10-2013-SUNARP/SN, referente a la SUSCRIPCIÓN (FIRMA) DE LAS CONSTANCIAS EN EL PROCESO ELECTORAL, dice: “En caso de renovación (de Nueva) Junta Directivas Comunales mediante proceso electoral, las Constancias de Convocatoria y Quórum, podrán ser suscritas (firmadas) indistintamente (por cualquiera) por el presidente de la Directiva Comunal o por el presidente del Comité Electoral, en tanto este último actúe como autoridad competente en materia electoral”. Lo de paréntesis es mía.
Aclarando este último párrafo, cualquier de los dos presidentes pueden firmar esta Constancias de Convocatoria y Quórum, que, en sí es, una Declaración Jurada. Pero, teniendo cuidado que no todo los Registros Públicos tienen el mismo criterio. Es preferible, que si lo va firmar el Presidente de la Directiva Comunal, es recomendables adicionen en esa constancia, principalmente en la Convocatoria, esto: “- Que, la Elección de la Nueva Junta Directiva se realizó el 15 de diciembre del 2024, ha sido convocado por mi persona, en calidad de Presidente de la Junta Directiva Comunal, por encargo y delegación de todos los miembros del Comité Electoral" Este párrafo te asegura dicha facultad.
Ejemplo:
“. . .
CON REFERENCIA A LA CONVOCATORIA:
• Que, la Elección de la Nueva Junta Directiva se realizó el 15 de diciembre del 2024, ha sido convocado por mi persona, en calidad del presidente de la Junta Directiva Comunal, por encargo y
delegación de todos los miembros del Comité Electoral; en la forma y con la anticipación requerida, con más de 30 días de anticipación, conforme al Estatuto y a la Ley.
• El medio utilizado fue el aviso de convocatoria, publicada en la vitrina del local comunal y en las principales calles del Centro Poblado de ………….
• Los comuneros han tomado adecuadamente conocimiento de la convocatoria.
Los términos de la Convocatoria fueron conforme
se indican a continuación:
. . .”
Con estas precauciones, les deseo suerte y prosperidad a la Nueva Junta Directiva Comunal; y, desearles una feliz Navidad y próspero Año 2025, igual a 9, Año de fertilidad y Producción.


