lunes, 28 de diciembre de 2015

¿TERRITORIOS COMUNALES EN PELIGRO?

Problemas en titular territorio Comunal.
Presumo que estas dificultades solo  exista en la regional de Lima Provincias. Pues, sobre titulación, no he tenido conocimiento, fuera de Lima, algunas comunidades estén gestionando su Titulación. Pero, prefiero comentar este asunto la ocurrencia en la capital del Perú, Lima.
  

Ya son muchos años en el que el estado dejó de estudiar y preocuparse el estado situacional de la Comunidades Campesinas y Nativas. Digo yo, de repente, porque los ven como sociedades de poca importancia; y que, sólo en las campañas electoreras los utilizan como “caballito de batalla”.
Últimamente, al parecer, quieren marginarlas definitivamente.
Resulta ahora, que una Comunidad que desee titularse tienen que levantar su Plano de Conjunto y a la vez realizar su mismo saneamiento.  Este último, hacer su peregrinaje en el Registro Público del lugar.
Primeramente, el Levantamiento del Plano de Conjunto no es una cosa, que digamos, tan sencillo. Antes sólo pedían la presentación de un croquis. Ahora, es más difícil, es contratar a un Ingeniero, que esté registrado en el índice de los Registros Públicos como VERIFICADOR. ¿Y cómo crees que haya ubicado a este Ingeniero?
Ya se imaginarán ustedes un comunero en esas andanzas.
Esto es a consecuencia que en la Regional de Lima han puesto como uno de los requisitos para solicitar su Titulación es, presentar su Certificado de Búsqueda Catastral. Es como decir: “Si puedes, te titulas”
Lo peor está que el encargado de esta Dirección de Titulación de Territorios Comunales de las Regiones, NO van a las Comunidades a difundir o a incentivar a su Titulación con la consiguiente información de los requisitos. Están sentados entretenidos con expedientes de predios rústicos aledaños. Que cuando algún comunero va a su consulta, No saben ni las normas de titulación de Comunidades. Esto, porque no son constantes este tipo de visitas. Igual los del Registros Públicos, de inmediato recurren a consultar a sus superiores para darles respuesta. Prácticamente, las Comunidades no están ni en sus planes y programas de gestión. Sobre esto, es muy evidente la manera como excluyen a las comunidades en considerar sus características para elaborar una Directiva (N° 002-2014-SUNARP/SN). Es, en base a esta Directiva, las comunidades están obligadas a confeccionar sus Planos de Conjunto. Y vaya usted a leer esas Directiva. Sólo trata sobre Predios Rústicos y de Predios Urbanos; pero no a Territorios Comunales. Dice “El plano perimétrico y Plano de ubicación deberá estar elaborado en una escala gráfica convencional(1/50, 1/100, 1/200, 1/500, 1/1000, 1/500, 1/10,000 y Otros) que permita la visualización y verificación de los datos técnicos, expresado en el sistema coordenadas Universal Trasversal de Mercator (UTM), especificando el datum y la Zona geográfica al que está referido, debiendo graficarse el norte  de cuadrícula, la cuadrícula, los vértices, los ángulos internos, las medidas perimétricas de cada tramo, el perímetro total, los nombres de los colindantes y el áreas del predio. b) el membrete del plano deberá contener la siguiente información: tipo de plano, escala, fecha, departamento(s), provincia(s), y distrito(s), nombre del profesional competente o verificador que elaboró en el plano. c) La Memoria Descriptiva, deberá contener los antecedentes registrales del predio en consulta, así como los nombres y apellidos de los propietarios y posesionarios actuales y anteriores, si los hubiera. d) Los Planos y Memoria Descriptiva, deberán estar firmado y sellados por el profesional responsable o verificador.- 6.2.4. Requisitos específicos… b) si el área materia en consulta, corresponde a un predio rústico, deberá presentarse el plano de ubicación, en donde se grafique referencias  físicas y detalles topográficos no perecederos que existieran en el lugar, y el área del predio a evaluar deberá  estar expresado en hectáreas y con una aproximación a cuatro decimales.
Asimismo, para efecto de una mejor ubicación del predio, el usuario podrá indicar el número de la unidad catastral y/o el número de la parcela.- Los Planos presentados podrán ser adjuntados en medio magnéticos (formato DXF, DWG o SHAPEFILE), excepcionalmente para planos  cuyo perímetro tengan tramos curvos o sinuosos la presentación será obligatoria”

Como habrán leído, No dice nada, nada, de TERRITORIO, sino, PREDIOS.

Por lo general, una Comunidad tiene una extensión superficial con miles de Hectáreas, algunos es al de un distrito.

TERRITORIOS COMUNALES EN PELIGRO


¿Qué es lo que está pasando realmente?
 ¿Quieren que las Comunidades campesinas NO se titulen?
¿Quieren usurpar los terrenos Comunales como los han hecho con las Comunidades de la Costa, creando la Ley 26845?
Tengan mucho cuidados Comunidades Campesinas Nativas; les advierto; han dejado una abertura para ingresar y tomar sus tierras, pero más violenta que a las tierras de la Costa. Utilizarán la Ley 26505, Ley de Tierra.
Les digo exponiendo textualmente el Artículo 1°, dice: “La presente Ley establece los principios generales necesarios para promover la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas”
Hasta aquí nada grave; ojo que este es una Ley; pero lo escondido está en el Reglamento. Pero si no han leído el Reglamento de esta Ley, ahí está la estocada final.
Les comento antes: si la Comunidades Campesinas no han titulados su territorio Comunal, y que por lo general son tierras eriazas con aptitud agropecuaria, es decir, de uso agrícola y de ganadería, el Estado se las agarra. Así, crudamente, “se las agarra”.

En este Decreto Supremo N° 011-97-AG, Reglamento de la Ley de Tierras, 26505, dice en su artículo 9°, lo siguiente: “Las Tierras eriazas con aptitud agropecuaria SON DE DOMINIO DEL ESTADO, salvoaquellas sobre las cuales EXISTAN TITULO DE PROPIEDAD privada o COMUNAL”

Es decir, si tienes título, te salvas.

Si en este año 2015 no han intervenido, será por algo. Pero el próximo quinquenio, desde el 2016, “ya están sonando piedras”

El huayco está cerca.

Resultado de imagen para candidatos presidenciales en peru en imagen

¿Será que, estos políticos, en campaña ahora, para solventar gastos, recurren como siempre a los capitalistas peruanos quienes los acondicionan a estos oportunistas, que cuando salgan elegido Presidente, dejen de tomar importancia a las Comunidades Campesinas y Nativas, a fin que entre sus pobreza extrema apunten individualizarse y dejar ser Comunidades y entregar sus tierras a mejores postores; pero también, creando leyes con subterfugios en desaparecer Comunidades?

¿Porque no?, entonces, ¿cómo es que estas leyes con tendencias sospechosas están a punto de hacerse efecto?


Es probable. Se escucha decir en las Campañas Electorales de Candidatos, que en el próximo gobiernodestrabaremos los miles de millones de  dólares de inversión que se han quedado pendientes en desarrollar grandes minerías; y darán facilidad a las nuevas inversiones en nuestro Territorio Nacional.

Es por todo esto, quiero invocar a todas las Comunidades campesinas, No descuidar en asegurar su Territorio. Titúlense.

Acérquense a sus respectivas Regiones y soliciten una orientación, recaben requisitos, indaguen a especialistas, vayan a los Registros Públicos; consulten con sus comuneros y a sus propios Residentes a fin de que en ese trajín alguien se propone ayudarles económicamente. Dado que esta gestión cuesta.
Antes, las Brigadas iban a su Provincia e incentivaban a las Comunidades, porque en esa época había financiamiento para la Titulación; ahora, cada Comunidad tienen que conversar de manera diplomática con sus colindantes, por más líos que hayan tenido durante tiempo. Ahora es preocuparse por darle título a tu territorio.

Les deseo una BUENA gestión en bien de su desarrollo social y económico, sin antes de recomendarles: Tomen decisiones prudentes, no con apasionamiento que a nada conducen. Lleven a decisiones finales en sus Asambleas, no con tan solo una Asamblea, sino, varias si fuera necesarias;  a fin de convencer a los de opiniones contrarias; de no ser así, estos, serán buscados por lo vividores de este tipo de conflictos utilizándolos como carne de cañón; mientras ellos negocian el conflicto para sus interese. MUCHO CUIDADO.

A TODAS
LAS COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS DEL PERU
LES DESEO
BUENAS GESTIONES PARA EL AÑO 2016 EN ADELANTE


Ega

sábado, 5 de diciembre de 2015

Dado la importancia de estos momentos, es mi parecer, informar las propuesta de los cinco candidatos que encabezan las encuestas; para la cual, qué mejor que las vertidas en un evento como el CADE 2015. Aprovechando la cortesía de RPP Noticias; les brindo se enteren y tengamos, adelante, una más madura y acertada decisión en las ánforas. 

CADE 2015:

CONOCE LAS PROPUESTAS DE LOS CANDIDATOS PRESIDENCIALES

POR CORTESÍADE RPP.- 05-12 2015

(Resumiendo las propuestas)

Los cinco candidatos presidenciales con mayores preferencias en las últimas encuestas expusieron este viernes sus planes de gobierno en la Conferencia Anual de Ejecutivos (CADE) 2015, que llegó a su fin en el balneario de Paracas.
La presentación de los aspirantes que buscan dirigir el destino del país para los próximos cinco años se realizó en el auditorio montado frente a uno de los hoteles más lujosos de la costa sur. Alejandro Toledo.
La maratónica jornada empezó a las 9.00 horas con la presentación del ex mandatario Alejandro Toledo, candidato por Perú Posible, quien busca por segunda vez llegar al sillón de Pizarro. Durante su alocución en el foro empresarial, el líder de Perú Posible dijo que debe darse una sinergía entre el capital humano, crecimiento económico sostenido, democracia y recursos naturales. Indicó que para que la economía peruana vuelva a crecer a ritmos de 7 por ciento como en años anteriores deben ir de la mano la inversión privada y políticas de Estado claras; por lo que consideró que el país requiere de más liderazgo y menos política "para volver a crecer necesito estabilidad social, económica, política y jurídica para atraer inversiones privadas nacionales y extranjeras". Prometió que de ser elegido presidente de la República duplicará el sueldo a los maestros, a los jubilados y a los servidores públicos; además, de insistir que el país necesita un Poder Judicial despolitizado.
Keiko Fujimori
La candidata Keiko Fujimori, del partido Fuerza Popular, fue la segunda en exponer sus propuestas. Ella consideró que no fue adecuado que el Pleno del Congreso haya aprobado la disposición del 95.5% de los fondos de los afiliados a las AFP a los 65 años. Durante la ronda de preguntas tras su exposición en CADE 2015, sostuvo que se debió esperar que culmine la coyuntura electoral para haber realizado un debate de fondo. De otro lado, Fujimori Higuchi se mostró a favor de la unión patrimonial de personas del mismo sexo. Además dijo ser una defensora de la vida, al ser preguntada sobre la legalización del aborto. Respecto al voto preferencial, consideró que este debería ser eliminado en el futuro, pues “esto permitirá que los partidos políticos sean más fuertes y tengan una mayor institucionalidad". 
César Acuña
El candidato presidencial de Alianza por el Progreso, César Acuña, anunció que en un eventual gobierno suyo implementará un “vigoroso” programa para elevar la productividad del país, con el fin de reactivar la economía. Asimismo, destacó que su gobierno dará prioridad al desarrollo humano, con el fin de impulsar el crecimiento y competitividad. Señaló que el verdadero reto del Perú “es crecer de manera vigorosa y sostenible durante las próximas dos décadas”. Para ello, afirmó que se necesita una economía resistente a toda amenaza externa y una política económica contra cíclica eficaz y oportuna. Asimismo, indicó que su gobierno tendrá seis objetivos estratégicos: lograr un crecimiento sostenible e inclusivo, fortalecer la gobernabilidad realizando una profunda reforma del Estado al servicio del ciudadanía, brindar una educación de calidad mundial, brindar servicios básicos de calidad, garantizar la seguridad ciudadana y la paz social, y lograr un acceso ágil, eficiente y equitativo a una verdadera justicia. Durante sus palabras de cierre en la CADE 2015, el candidato presidencial de Alianza para el Progreso, César Acuña, señaló que la única meta que le falta alcanzar es ser presidente de la República, pues consideró que lo ha logrado casi todo en sus 63 años de vida.     
Alan García  Pérez
Quien busca ser presidente de la República por tercera vez en las Elecciones Generales de 2016, inició su participación en CADE 2015 resaltando la importancia de este foro empresarial. Él inició su discurso indicando que trae una "voz afirmativa de confianza y esperanza" y dijo que el riesgo político y social es un bloqueo a las grandes inversiones, a la minería y al desarrollo de la energía hidroeléctrica, además de mencionar que "el desborde delincuencial le está ganando la batalla psicológica al gobierno". El candidato de la estrella piensa que es importante declarar en emergencia la inversión pública y el empleo. Para luchar contra la corrupción aseveró que será necesario fortalecer la Contraloría, la cual deberá rendir informes anuales al Congreso. Alan García Pérez señaló que "para sacar adelante al país debe implementarse una política responsable, aunque luego mega comisiones juzguen el trabajo realizado (...). Si por decretos de urgencia que se publiquen mañana seremos criticados, estamos decididos a pagar la factura de ser políticos, no se llega al Gobierno por lo fácil sino por lo negativo; hay que asumirlo sin temor y estamos dispuesto a hacerlo". 
Pedro Pablo Kuczynski
Finalmente, Pedro Pablo Kuczynski, candidato de Peruanos Por el Kambio, se presentó en CADE 2015. Él inició su exposición mencionando que se debe tener una visión clara a dónde se quiere llevar al Perú. "Tenemos que pensar de manera clara y fría, sin populismo y demagogia para retomar el rumbo. Debemos hacer que nuestro país sea dinámico con participación de todos", por lo que aseveró que el equipo de trabajo que formará será "de todas las sangres". Durante su discurso lamentó que más de 10 millones de peruanos vivan en la pobreza, por lo que consideró posible que en el año 2021 esta sea reducida en 10%. La pobreza extrema -dijo- bajará de 5% a 0%. Kuczynski consideró que se debe incrementar el sueldo mínimo de acuerdo al ingreso de una economía, ya que "si no se aumentan las remuneraciones no aumentará la productividad. Yo no digo que hay que subir el sueldo sin productividad, pero la remuneración no aumenta junto al ingreso de una economía". Consideró que a las pequeñas empresas no se les puede forzar a elevar el sueldo mínimo pero "hay que darles crédito para que adquieran maquinarias y mejoren su productividad, eso será paulatino".  
El CADE 2015, encuentro empresarial más importante del país, llegó a su fin este viernes con el bloque de la presentación de candidatos bajo el lema “Propuestas de Gobierno. Cambios para que el Perú siga creciendo”.

miércoles, 30 de septiembre de 2015

Esta noticias, aunque tarde, es para mí importante; por cuanto como estos casos existen en muchas Comunidades Campesinas en el Perú.
A manera de reflexión, por el caso, las publico.

 Proceso judicial por límites entre comunidades de Pampamarca y Sacsamarca lleva más de 30 años sin solución

NoticiasSER.pe
Enviado el 18/09/2013
Por: 
Omar Rosel
Una imprecisión de límites entre las comunidades de Pampamarca (Lucanas) y Sacsamarca (Huancasancos), mantiene enfrentadas a estas dos poblaciones desde hace más de 30 años, tiempo en el que aún no han logrado definir sus linderos y en la actualidad demandan una solución al problema. Ante el impase, han solicitado la presencia de alguna instancia estatal regional para intervenir en el caso.
Según indica el asesor legal de la comunidad de Sacsamarca, Claudio Huaccachi, son 190 hectáreas de terreno que están en disputa con la comunidad de Pampamarca. Asimismo, explicó que Pampamarca habría consignado esta extensión de terrenos como parte de sus territorios en una documentación de linderos del año 1962 que elaboraron para su reconocimiento como comunidad, aunque Huaccachi refiere que esta documentación esta fraguada y no tiene validez.
Para contrarrestar la versión que sostiene la comunidad de Pampamarca, Sacsamarca ha presentado documentación que data del tiempo de la colonia así como otros documentos de hace 78 años, en los que se consigna la definición de los linderos de esta comunidad.
Raúl Barrientos, alcalde de Aucará (zona donde se ubica Pampamarca), refiere que este conflicto de límites es un asunto histórico por ello demandan la solución del mismo. Según refirió Barrientos, “sería necesaria la intervención de las autoridades provinciales y regionales”, aunque agregó desconocer la situación del conflicto ya que este asunto lo viene enfrentando directamente la comunidad de Pampamarca, sin participación de sus autoridades distritales.
Asimismo, Antonio Sánchez, alcalde del centro poblado menor de Pampamarca, refiere que tiene conocimiento del conflicto pero que el presidente de la comunidad, Ruperto Sánchez, es el que está involucrado en el proceso.   
Según declaró Claudio Huaccachi a Noticias SER, en los últimos meses los representantes de la comunidad de Pampamarca habrían propuesto que el territorio en disputa sea repartido en partes iguales entre las comunidades en conflicto, asunto que no es aceptado por Sacsamarca. “Esta propuesta no es viable y Sacsamarca no aceptó,  porque ellos son históricamente dueños de los territorios de las cuales dice ser dueño la comunidad de Pampamarca”, apuntó Huacachi.
Proceso judicial
En la actualidad la controversia por los linderos se ventila en el Segundo Juzgado de la Corte Superior de Justicia de Lima, proceso que se sigue desde el año 1982 y hasta el momento no culmina. De igual modo, Huacachi agrega que hace dos años ya hubo una sentencia donde se declaró nula la documentación de los linderos de Pampamarca porque son presuntamente falsificados. Pero la otra parte apeló a la sentencia y se está a la espera del pronunciamiento de la otra instancia judicial.
La comunidad de Sacsamarca espera que con el pronunciamiento de esta nueva instancia judicial queden aclarados los linderos de ambas comunidades, pero en Pampamarca no creen que ello vaya a solucionar el conflicto de límites porque afirman que de por medio hay documentación que les da la razón a sus reclamos.
                        
Comentarios:
Este caso huele, como alguien dijera, a  "Chivo reventado". Los litigantes, ambas con "Abogados que defienden" los intereses de sus patrocinados, no están sincerándose en informar a sus respectivas comunidades de que el área en Discrepancia o de Controversia, formalmente se lleva por la vía administrativa; lo cual permite que las Comunidades NO sigan efectuando gastos en mantenerlos en ese estado. Me explico; desistir la vía Judicial y dirigirse ambas Comunidades, con sus Planos de Conjunto y los documentos que les de mérito, a la Dirección Regional de Asuntos de Titulación de Tierras de su Región; a fin que en las diligencias ambas comunidades, en el lugar de la discrepancia, señalen sus linderos. En el acto de la disconformidad, el Brigadista invitará a la conciliación u otros medios estratégicos que pudiera incentivar a la firma de una Acta de Colindancias. En caso de no haber solución, demarcará el área en conflicto, más las documentaciones y el Informe del Brigadista de la Inspección Ocular de la Región, de Oficio, se derivara al fuero Judicial en asuntos de tierras correspondiente a fin de resolver sólo del área en conflicto. Este último proceso no irroga gastos mayores comparados con las del proceso llevado anteriormente referido.

Estanislao Gutierrez

viernes, 11 de septiembre de 2015

UNA QUEJA A LA BÚSQUEDA CATASTRAL A LA SUNARP  - LIMA


Pues técnicamente se entiende, como la obtención de un certificado ante la SUNARP que acredita si, un determinado predio se encuentra inscrita, o forma parte de un predio inscrito. Y, si el predio superpone a otro. Es decir, informa al interesado si el predio tiene o carece de antecedentes registrales, sea de manera total o parcial.Para lo cual, se acompañará de planos respectivos. Para la obtención de esta información hay que esperar UN MES, treinta días efectivos.Lo que yo no entiendo de la SUNARP es, ¿por qué hay que esperar un mes para que nos informe que el Plano no cuenta con el Norte Magnético, o la copia del Plano en un CD? Pues tal defecto fácilmente lo podrían haber detectado una vez apenas las solicitudes llagara a la mano del encargado de la evaluación. Y que mesa de parte nos anticipe que dentro de los siete días volvamos a ver si son admitidas; y de inmediato, repongamos lo faltante. Y no esperar un mes para decirnos. 

jueves, 18 de junio de 2015

A LAS COMUNIDADES CAMPESINAS DE LA REGIÓN LIMA
LES EXIGEN REQUISITOS FUERA DE LEY PARA TITULARSE


Por,  Estanislao Gutiérrez Aburto

Quiero comentar un caso muy personal y que es, de importancia para todas las Comunidades Campesinas de Lima, dado el caso, no suceden con otras Regiones. Me refiero a la TITULACIÓN DE COMUNIDADES CAMPESINAS en las Provincias del Departamento de LIMA: Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Huarochirí, Huaura, Lima, Ayón y Yauyos.

El caso es, si alguna Comunidad aún no cuenta con su Título de Propiedad de su Territorio Comunal, van a tener que pasar por lo que les está sucediendo a dos Comunidades Campesinas de la Provincia de Yauyos: LARAOS y ATCAS.

Resulta que estas dos comunidades, previamente,  tienen que adquirir el CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL emitido por la SUNARP; que es uno de las nuevas exigencias añadidas a los requisitos, entre otras, a presentar en la Solicitud del Levantamiento Definitiva del Plano de Conjunto de su Territorio Comunal.
Sin que esta fuera ninguna preocupación, con gran esfuerzo estas Comunidades confeccionaron sus Planos de Conjunto y su respectiva Memoria Descriptiva. Plano que la presentaron a la SUNARP.
En un inicio no hubo objeción alguna; pero, sí observaron algunas superposiciones con otras Partidas. Enmendadas las observaciones se volvió a presentar;  pero esta vez, los Planos de las dos Comunidades arriba referidas. Resultando una Esquela de Observación que decía, entre otras cosas, lo siguiente: “2.- Para proseguir con la evaluación del expediente el usuario deberá presentar lo siguiente:
-          Plano de Ubicación el mismo que debe contener el esquema de localización
-          Plano perimétrico del áreas en consulta, donde se visualice el cuadro de datos técnicos; donde obren los vértices debidamente georeferenciados en coordenadas UTM, en Datum PSAD 56 (ángulos, distancias de cada vértice). Según lo establece en el punto 6.2.2 de la Directiva N° 02-2014-SUNARP-SN…” y otros observaciones.
Recurriendo a la lectura de la Directiva N° 02-2014-SUNARP-SN, me doy con la gran sorpresa que dicha directiva sólo hace referencias a Predios Rurales y a Predios Urbanos; pero no así  a Territorios; es decir, a TERRITORIOS COMUNALES.

Por la forma que requieren los Cuadros técnicos, hace ver que se refiere a predios de pequeña extensión.
Comprenderá, un lado de un predio urbano, en promedio, llega a medir hasta 100 metros; y un predio rural, puede de repente, llegar a medir hasta un kilómetro (1000 metros); pero cuando se trata de una Comunidad, sus lados llega a medir a más de 10 kilómetros (10,000 metros.) Por lo tanto, en los predios, con facilidad se puede hacer la Memoria Descriptiva y los cuadros técnicos que no ocupará más de dos hoja A4; en cambio, en los Territorios Comunales obtendríamos ocupando más de 1000 hojas A4 y una extensa sábana que ocuparía la confección del Plano de Conjunto.


Pues lo que ocurre, es que no han tenido en consideración, al momento de la elaboración del proyecto ni en la elaboración final del Directiva, la participación de los representantes de las Comunidades ni de entendidos de la materia. Es puro Gabinete.
 Les sugiero que lo lean. Fue aprobado mediante Resolución N° 120-2014-SUNARP/SN, el 30 de Mayo del 2014, entrando en vigencia en los primeros días del mes de Julio del mismo año. Lo podrán encontrar en el Portal Institucional de la SUNARP (www.sunarp.gob.pe)


En sí, el fondo de este comentario no es lo engorroso de hacer los cuadros Técnicos que acompaña los Planos; sino, de haberlo puesto, por parte de la DIREFOR, rebasando completamente la ley N° 24657, exigir El Certificado de Búsqueda Catastral.

El Certificado de Búsqueda Catastral que se exige ahora a las Comunidades Campesinas, significaría, con toda claridad, que todas las Comunidades Campesinas que desearan titular sus territorios Comunales, Levantaran sus propios Planos de Conjunto, para luego ellos mismos, hacer su saneamiento físico y legal.

Entonces, dónde queda la Ley N° 24657, Ley de Deslinde y Titulación del Territorio de las Comunidades Campesinas,

¿No es acaso que la DIREFOR, conforme a Ley, de recibida la solicitud de inmediato deberá practicará una diligencia? Art. 5° de la Ley 24657, dice:  “Recibida la Solicitud, la Dirección Regional Agraria, en este caso la DIREFOR, dentro del término de la distancia, practicará la diligencia del levantamiento del Plano de Conjunto y la determinación de las colindancias…”

¿No está claro?

¿Acaso no habrá corrección en los Planos a consecuencia de algunos ajustes o malas interpretaciones en los linderos en el momento de la diligencia?

Entonces, ¿por qué no razonar, que  la Búsqueda Catastral o Saneamiento se hará después de todas las diligencias hechas por la DIREFOR?

No son las Comunidades quienes tienen que elaborar los Planos de Conjunto. Esto está muy claro en el Art. 9: “Efectuado a que se refiere los artículos anteriores, la Dirección Regional Agraria elaborará el  Plano de Conjunto del Territorio Comunal, donde se indicará la línea de deslinde de las áreas comunales, así como las áreas en controversia…”

Entonces ¿por qué tanta vuelta al gallinero?


Esta queja se les hizo llegar a la SUNARP; pero igual, mantienen su criterio; de igual, personalmente nos acercamos a la DIREFOR, hasta en dos oportunidades, no nos han tenido en consideración, más bien, se aferraron con que debemos de cumplir con las normas. Pero, sí dejamos un escrito, Exp. N° 996684 del 21/05/2015.

Las comunidades no están capacitados en lo engorroso que es las tramitaciones, menos aún discutir sobre directivas; pero sí, conocen sus Leyes. Motivo por la cual, recurrimos a ustedes Señores lectores, de repente hijos Residentes de las Comunidades que los vieron nacer, o personas con el sentir de las preocupaciones de las Comunidades; fundamentalmente a todas las Juntas Directivas de la Comunidades Campesinas; más, a los Directivos que representan a Comunidades que aún NO están Titulados sus territorios Comunal, hacerles llegar este atropello  para con ellos y sugerirles tomar las prevenciones correspondientes.
Les sugiero que se apersonen a la DIREFOR o a sus respectivos Consejeros  respectivos de cada Provincia, que intercedan por reclamar: la EXCLUSIÓN, dentro de los requisitos, el CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL.

La DIREFOR tiene el siguiente TUPA, y dentro de las cuales, en el numeral 339, estipula lo siguiente:
                        TUPA 2013                     GOBIERNO REGIONAL DE LIMA              10/09/2013
DIRECCIÓN REGIONAL DE LA FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL
339. DESLINDE Y TITULACIÓN DEL TERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS.
1. Solicitud dirigida al Director Regional
2. Persona natural: Copia simple DNI
3. Persona Jurídica:
- Copia literal de la partida donde figure inscripción registral de la personería Jurídica.
- Vigencia de poder actualizado del representante legal.
- Copia simple del DNI del representante.
4. Documentos que acrediten la posesión del territorio, en caso hubiere.
5. Título de propiedad en caso hubiere.
6. Actas de colindancia, en caso hubiere.
7. Plano de ubicación versión impresa y digital del territorio comunal con indicación de linderos y colindantes.
8. Certificado de búsqueda catastral en SUNARP.
Costo: 13.85% UIT  (S/. 512.60)
Nota:
El costo del servicio que demande los trabajos de campo y otros, referidos al presente procedimiento serán de cargo del administrado.
Base legal:
Ley N° 24657
* Inciso 39.2.2 del art. 39° de la Ley N° 27444

Como verán, no han tomado en cuenta la jerarquía de la Ley 24657 y de la Resolución Ministerial N° 0811-2009-AG, abajo comentado. En donde sencillamente, significa un desaire o una torpeza.

Este reclamo las fundamentamos amparado a los artículos 3, 4, 5, 9 y 10 de la Ley 24657, Ley de Deslinde y Titulación del Territorio  de Comunidades Campesinas. Y,  la Resolución Ministerial N° 0811-2009-AG, en donde en este último, aprueban la Relación de Procedimientos administrativos a cargo de la Dirección Regional de Agricultura derivados de la función específica del literal “n” del artículo 51° de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Esta relación de Procedimientos Administrativos, tomando sólo referente a nuestro caso, es:
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS
DURACIÓN DEL TRAMITE
07
Deslinde y Titulación del Territorio de Comunidades Campesinas
BASE LEGAL:
Ley N° 24657
1)    Solicitud a la Dirección Regional Agraria
2)    Copia simple de DNI del solicitante
3)    Copia Literal de la Partida Registral donde consta la inscripción de la Comunidad y Vigencia de Poder del representante que solicita el inicio del procedimiento.
4)    Documentos que acrediten posesión del territorio, en caso hubiere.
5)    Título de Propiedad en caso hubiere.
6)    Actas de colindancia, en caso hubiere.
7)    Croquis de los predios colindantes y nombres de sus propietarios, en caso hubiere.
Treinta (30) días
Mientras en esta Resolución, como aprecian, sólo piden CROQUIS, demostrando que la DIREFOR  ha incumplido esta encargatura.

Para mayor contundencia de nuestra justa y legal reclamo, expongo el TUPA de otras Regiones aledañas a Lima, que realmente sí tienen mejores criterios y consideraciones a las  Comunidades Campesinas y a las Leyes. Verán que no piden el Certificado de Búsqueda Catastral, solamente CROQUIS:

TUPA 2014  GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
29/08/2014
DIRECCION DE CATASTRO Y FORMALIZACIÓN RURAL
53.- DESLINDE Y TITULACION DEL TERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS
REQUISITOS:
1.       Solicitud a la Dirección Regional Agraria. (Director de catastro y Formalización Rural)
2.       Copia simple del DNI del solicitante.
3.       Copia Literal de la Partida Registral donde conste la Inscripción de la Comunidad y Vigencia de Poder del representante que solicita el inicio del procedimiento.
4.       Documento que acrediten la posesión en caso hubiere.
5.       Título de Propiedad en caso exista.
6.       Actas de colindancia en caso exista.
7.       Croquis de los Predios colindantes y nombres de sus propietarios en caso hubiere.
8.       Comprobante de  pago. (2.62% UIT)
BASE LEGAL:
-          Art. 1 ° y siguiente de la Ley 24657 – Ley de Comunidades Campesinas Deslinde y Titulación de Territorios Comunales.
-          Art. 1° y 2° de la Resolución Ministerial N° 0811-2009-AG (27/10/2009)


TUPA 2012  GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
(09/02/2012)
DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA
22. DESLINDE Y TITULACIÓN DEL TERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS
REQUISITOS:
1.  Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura
2.  Copia de DNI (Artículo 84º del D.S. 015-98-PCM)
3. Copia Literal de la Partida Registral donde conste la Inscripción de la Comunidad y vigencia de poder del representante que solicita el inicio del procedimiento.
4. Documentos que acrediten la posesión del territorio, en caso hubiere.
5. Título de Propiedad, en caso hubiere.
6.  Actas de Colindancia, en caso hubiere.
7. Croquis de los predios colindantes y nombres de sus propietarios, en caso hubiere.
8.  Pago por constatación, verificación o inspección. (CD).
Base legal:
Ley Nº 24657, Art.º 3 y 4, publicado: 14/04/1987


TUPA 2012  GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
(22/12/2010)

GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA
12.  DESLINDE Y TITULACIÓN DEL TERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS.

1-       Solicitud dirigida al Gerente Regional de Agricultura.
2-       Recibo de pago por derecho.
3-       Copia del DNI del Solicitante.
4-       Copia literal de la partida registral donde consta la inscripción de la comunidad y vigencia del poder del representante.
5-       Documento que acredite posesión del territorio en caso que se tenga.
6-       Título de propiedad en caso tuviese.
7-       Actas de colindancia en caso tuviese.
8-       Croquis de los predios colindantes y nombres de sus propietarios, en caso tuviese.
(Derecho. 5.745% UIT)

BASE LEGAL:
-Ley Nº 24657 "Ley de la Titulación de las Tierras de las Comunidades Campesinas de Costa"


TUPA 2012  GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
(14/11/2012)

DIRECCION DE SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE LA PRPIEDAD
43. DESLINDE Y TITULACION DEL TIERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS

REQUISITOS:
1.       Solicitud dirigida a la Dirección Regional Agraria
2.       Copia simple del DNI del solicitante.
3.       Copia Literal de la Partida Registral donde conste la inscripción de la Comunidad y vigencia de poder del representante que solicita el inicio del procedimiento.
4.       Documentos que acredita posesión del territorio en caso hubiere,
5.       Título de propiedad en caso hubiere.
6.       Acta de colindancia, en caso hubiere.
7.       Croquis de los predios colindantes y nombre de sus propietarios, en caso hubiere.

Base legal:
-          Ley N° 24657
-          Resolución Ministerial N° 811-2009.AG


TUPA 2012  GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
(30/01/2012)
SEDE CENTRAL DEL GOBIERNO REGIONAL APURIMAC
98 DESLINDE Y TITULACIÓN DEL TERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS.
REQUISITOS:
1.       Solicitud dirigida al director de la oficina.
2.       Copia del DNI del solicitante.
3.       Copia literal de la partida registral en donde conste la inscripción de la comunidad y vigencia de poder del representante que solicita el inicio del procedimiento.
4.       Documentos que acrediten posesión del territorio, en caso hubiere.
5.       Título de propiedad en caso hubiere.
6.       Actas de colindancia, en caso hubiere.
7.       Croquis de los predios colindantes y nombres de sus propietarios en caso hubiere.

Base legal:
-          Ley N° 24657


GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA
DESLINDE Y TITULACIÓN DEL TERRITORIO DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS
Realizar el deslinde y titulación de las comunidades campesinas cuando estas carecieran de títulos de las tierras que poseen, o hubiere disconformidad entre el área real y las que indican sus títulos o estos fueran imprecisos en cuanto a sus linderos, medidas perimétricas o tierras superficiales que comprende dicho territorio.

REQUISITOS:
-Solicitud simple
-Copia literal de la Partida registral donde consta la inscripción de la Comunidad y de la vigencia de poder de su representante y copia del documento de identidad de este.
-Cualquier medio de prueba de la posesión.
-Los títulos de propiedad y las actas de colindancia, si se tuviese.
-Croquis del terreno comunal con indicación de los predios colindantes y los nombres de sus propietarios.
- Pagar Derecho de trámite. 7.2566%  UIT  (S/. 275.80)

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Esta información adicional se ha tomado en cuenta de tan sólo de los Gobiernos Regionales  casi colindantes o cercanas a la Región Lima. Anotando además que, los Gobiernos Regionales de Cerro de Pasco, Ica y Huánuco no tienen este rubro dentro de su TUPA; posiblemente, no cuentan con Comunidades Campesinas pendientes a Titular.